Estimados Padres, Madres y Apoderados:
Junto con saludarles, queremos informar a ustedes que, a contar del 02 de marzo de 2026, y en el marco de la entrada en vigencia la Ley 21.801, que modifica la Ley General de Educación (Ley 20.370), se prohíbe el uso de teléfonos celulares y dispositivos móviles electrónicos de comunicación personal durante toda la jornada escolar.
¿Qué establece la Ley?
Se prohíbe el uso de celulares, smartwatches, tablets y cualquier dispositivo con acceso a internet desde el ingreso hasta la salida del establecimiento, incluyendo clases, recreos, actos, salidas pedagógicas y actividades extracurriculares. Los dispositivos deberán permanecer apagados y guardados durante toda la jornada escolar.
La ley establece las siguientes excepciones:
- Necesidades Educativas Especiales con informe profesional.
- Condiciones de salud acreditadas con certificado médico.
- Emergencias: en caso de situaciones de catástrofe.
- Fines pedagógicos, autorizado según procedimiento establecido.
- Solicitud fundada y temporal por razones de seguridad.
Las solicitudes realizadas por apoderados para el uso excepcional por razones de Necesidades Educativas Especiales, situaciones de salud y razones de seguridad fundadas, serán analizadas y definidas por la Dirección del establecimiento.
Responsabilidad de los Apoderados
Los padres, madres y apoderados deberán supervisar y acompañar el uso de dispositivos móviles fuera del horario escolar y asumir la responsabilidad por su utilización indebida en el establecimiento por parte de su pupilo/a.
Comunicación en Situaciones de Urgencia
Ante cualquier situación urgente, el contacto deberá realizarse exclusivamente a través de los números oficiales del establecimiento y no a los teléfonos personales de los/las estudiantes:
- 22 622 6973
- 22 629 3851
- 9 3749 9670
- 9 3746 6351
Medidas ante Incumplimiento
El incumplimiento será considerado falta al Reglamento Interno, aplicándose medidas formativas y disciplinarias progresivas, desde la amonestación verbal, registro en la hoja de vida del estudiante, retiro temporal del dispositivo, citación de apoderado y aplicación de medidas por falta grave, frente a la reiteración de conducta.
Desde la Dirección del establecimiento se busca dar un enfoque formativo y protector en la implementación de la norma; buscando fortalecer hábitos de vida saludable, la concentración, el bienestar emocional y la convivencia escolar de nuestros estudiantes.
Agradecemos desde ya su apoyo, compromiso y colaboración para el cumplimiento de esta ley, que beneficia directamente el desarrollo integral de nuestros niños, niñas y adolescentes.
Atentamente
Dirección